viernes, 31 de mayo de 2019

SUNAT Modifica reglamento detracciones

El 31 de mayo de 2019 se ha publicado en El Peruano la Res. 118-2019-SUNAT, mediante la cual la Administración Tributaria modifica el Reglamento del Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias (SPOT), más conocido como detracciones, a fin de precisar su uso y aplicación.

Según el TUO del D. Leg. 940 (D.S 155-2004-EF), el SPOT fue creado para generar fondos que se depositan en el Banco de la Nación, fondos que sirven al contribuyente (proveedor de bienes y servicios afectos al IGV), para el pago de las deudas por tributos que administra y recauda la SUNAT.

Con el D. Leg, 1395 se dictaron medidas para evitar el uso indebido de los fondos, así como para operativizar este Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias.

RESOLUCIÓN SUNAT

Al respecto, con la Resolución 118-2019-SUNAT, se ha precisado lo siguiente:

Libre disponibilidad. -Establece como nueva condición para solicitar la libre disposición de los montos depositados, respecto de contribuyentes obligados a llevar el Registro de Ventas e Ingresos Electrónico y/o Registro de Compras Electrónico, que hayan cumplido con generar dichos registros, los lleven con arreglo a la normativa dictada por SUNAT para el efecto (requisitos, formas, plazos, condiciones y demás aspectos).

En el caso que antecede, la liberación de fondos debe hacerse efectiva por el solicitante dentro de los 15 días hábiles siguientes a la notificación de la resolución aprobatoria.

Fondos intangibles e inembargables. –Se reitera el carácter intangible e inembargable de los montos depositados en las cuentas de detracciones, señalando que ninguna autoridad o entidad pública o privada, bajo responsabilidad puede ordenar cualquier medida que afecte el carácter intangible e inembargable de los montos depositados en las cuentas de detracciones. El Banco de la Nación, debe informar inmediatamente a SUNAT a través de medios electrónicos en el día que le fuera notificada sobre las medidas que pudieran afectar este carácter, a fin de que se adopten las acciones correspondientes.

Giro de cheques. -Los cheques certificados que emita el Banco de la Nación, contra los fondos de la cuenta detracciones, únicamente procederán para el pago de la deuda tributaria aduanera pendiente de pago y hasta el límite del monto de dicha deuda. 

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