jueves, 29 de junio de 2017

Obligación de emitir Comprobantes Electrónicos 2018 segú SUNAT

Obligación de emitir Comprobantes Electrónicos 2018 segú SUNAT 

Mediante la Resolución de Superintendencia 155-2017/Sunat, se designan nuevos emisores electrónicos a partir del año 2018 y en adelante.

Pymes y grandes empresas deberán emitir facturas electrónicas desde el 2018
Todos los contribuyentes que tengan ingresos superiores a las 150 UIT este año estarán obligados a dejar los comprobantes físicos desde el próximo año.
La Sunat dispuso que desde 2018 todas las empresas peruanas deberán emitir, de forma obligatoria, facturas electrónicas con lo cual da un impulso definitivo hacia la desaparición de los comprobantes de pago físicos (papel).

Emisores Electrónicos 2018

El articulo 2 de la Resolución Superintendencia 155-2017 establece tres grupos de contribuyentes que deberán emitir comprobantes electrónicos a partir 2018.
Empresas Exportadores

Las empresas que, a partir del 2017 realicen exportaciones anuales mayores o iguales a 75 UIT (UIT del año de evaluación).

Por otra parte, para verificar el límite de los ingresos se tomará en cuenta la casilla 127 del PDT 621.

La obligación operara a partir del 01 de noviembre del año siguiente a aquel en que superan el límite.

Empresas Mypes

Los contribuyentes que, a partir del año 2017, obtengan ingresos iguales o mayores a 150 UIT (UIT del año de evaluación).

Para verificar el límite de ingresos se debe tomar en cuenta las casillas del PDT 621.

La obligación operara a partir del 01 de noviembre del año siguiente en el cual se supera el límite.

Empresas Nuevas

Los contribuyentes que saquen su número de RUC a partir del año 2018 y que al primer día calendario del tercer mes siguiente al mes de su inscripción:

Se hayan acogido al Régimen Mype Tributario, Régimen Especial Renta o Régimen General, con la ocasión de la presentación de la declaración mensual correspondiente al mes de inicio de actividades, oHaya comunicado en el rubro tributos afectos, que optan por algún régimen tributario referido (RMT, RER o RG).

La obligación opera desde el primer día calendario del tercer mes siguiente al mes de su inscripción en el RUC.

Emitir Comprobantes Electrónicos

Los contribuyentes antes mencionados estarán obligados a emitir los siguientes comprobantes en formato electrónico:

Facturas electrónicaBoletas de venta electrónica

Notas de crédito electrónica

Notas de débito electrónica

En conclusión todas las empresas implementaran el sistema de emisión de comprobantes electrónicos.


Fuente : SUNAT 

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