sábado, 9 de mayo de 2020

PROCEDIMIENTO INICIO DE ACTIVIDADES

El Plan de Reanudación de las Actividades Económicas tiene una serie de procedimientos que debe realizar cada empresa para reiniciar su actividad económica.📈

👍1) Todas las empresas deben regirse del Protocolo general de Salud que emitió el MINSA.

👍2) Además de aplicar el protocolo general, en caso de las industrias especializadas como Pesca, Minería, etc., deben guiarse por un Protocolo Sectorial que serán emitidos (hasta el día 08.05.2020) mediante Resolución Ministerial, donde detallará los CRITERIOS específicos y la FECHA exacta del reinicio de cada ACTIVIDAD.

👍3) El siguiente paso: la empresa deberá presentar su PLAN DE EMERGENCIA elaborada en función a la Resolución Ministerial de su Actividad Económica.

👍4) Dicho Ministerio debe APROBAR por oficio o correo electrónico, el Plan de Emergencia de su empresa 
  
👍5) Asimismo, el Ministerio de tu sector económico debe remitir la AUTORIZACIÓN a la Plataforma del Ministerio de Salud denominado Registro SICOVID-19.

🤓Conclusión: Una vez que se publique la RESOLUCION MINISTERIAL, su empresa debe presentar su PLAN DE EMERGENCIA, luego de su análisis el Ministerio le emitirá su OFICIO, y ello permitirá que su empresa aparezca en el registro SICOVID-19, lo cual le dará "luz verde" para que reanude sus actividades económicos.

En caso desees ayuda para elaborar tu PLAN DE EMERGENCIA escríbenos, estamos a su servicio!

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